Cuánto tiempo guardar facturas y comprobantes en México

Equipo editorial · Publicado 7 de noviembre de 2026 · 4 min de lectura

Ilustración sobre cuánto tiempo guardar facturas y comprobantes en México
En este artículo
  1. La regla del artículo 30 del CFF
  2. Desde cuándo cuentan los cinco años
  3. Casos en que el plazo se mueve
  4. Qué guardar: el XML, no solo el PDF
  5. Los tickets: no son factura, pero sirven
  6. Un sistema simple para no perder nada
  7. Qué no hay que asumir

Si te preguntas cuánto tiempo guardar facturas y comprobantes, la regla general de una persona física es de cinco años, contados desde que presentaste (o debiste presentar) la declaración con la que se relacionan. Sale del artículo 30 del Código Fiscal de la Federación. Lo que cambia según tu caso es desde cuándo corre ese plazo y qué documentos cuentan, y eso es lo que aclara esta guía.

La regla del artículo 30 del CFF

El artículo 30 del Código Fiscal de la Federación separa dos casos. Quien está obligado a llevar contabilidad la conserva a disposición de la autoridad conforme al artículo 28. Quien no lo está debe conservar, en su domicilio, «toda documentación relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales». Para una persona física con salario, honorarios chicos o gastos personales que quiere deducir, casi siempre aplica el segundo caso.

En ambos casos la documentación se conserva cinco años, contados a partir de la fecha en la que se presentaron o debieron haberse presentado las declaraciones con ellas relacionadas. El texto está en el CFF vigente que publica la Cámara de Diputados (última reforma DOF 09-04-2026 al leerlo para esta guía).

Desde cuándo cuentan los cinco años

Los cinco años no empiezan el día de la compra, sino cuando se presenta la declaración donde usaste ese gasto. La declaración anual de las personas físicas se presenta en abril del año siguiente, según el artículo 150 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Por eso la cuenta típica es esta:

  • Gastos de 2025: declaración anual en abril de 2026.
  • Plazo de cinco años desde esa fecha: hasta abril de 2031.
  • Si presentaste antes de abril, el plazo legal empieza antes; guardar de más no cuesta.

Puedes calcularlo con tu fecha real en la calculadora de garantía y conservación de comprobantes. Es un cálculo orientativo: si un contador te lleva la declaración, confirma con él.

Casos en que el plazo se mueve

El mismo artículo 30 prevé excepciones que conviene conocer aunque no sean lo común:

  • Actos cuyos efectos fiscales se prolongan. Por ejemplo, un bien que sigues deduciendo varios años: los cinco años cuentan desde la declaración del último ejercicio en que se produzcan esos efectos.
  • Recurso o juicio. Si se promovió alguno sobre esos conceptos, el plazo corre desde que quede firme la resolución que les pone fin.
  • Documentos de sociedades. Actas constitutivas y otros documentos de personas morales se conservan mientras exista la sociedad; no es el caso de un recibo de ferretería.

Si estás en alguno de estos casos, no confíes en una regla de pulgar: consulta a un contador con tus papeles a la mano.

Qué guardar: el XML, no solo el PDF

Una factura es un documento digital. El artículo 29 del CFF dice que quien factura debe entregar o poner a disposición el archivo electrónico del comprobante y, si se lo piden, su representación impresa, que «únicamente presume la existencia» del comprobante. Dicho en llano: el PDF que te llega al correo es la versión para leer; el archivo que importa es el XML.

Guarda los dos juntos y con el mismo nombre. Si perdiste alguno, el SAT permite consultar y descargar los XML de las facturas que emitiste y recibiste desde su portal, con contraseña o e.firma. Para revisar que una factura sea auténtica, el mismo artículo 29 prevé la consulta en la página del SAT.

Los tickets: no son factura, pero sirven

Un ticket de caja sin datos fiscales no es un comprobante fiscal digital, pero sigue siendo útil. La Ley Federal de Protección al Consumidor (artículo 12) obliga al proveedor a entregarte factura, recibo o comprobante con los datos de la compra, y ese papel es lo que respalda tu garantía. Como la garantía mínima es de 90 días (artículo 77) y la reclamación ante la Profeco se presenta en un año (artículo 105), un ticket de un producto que usas todavía importa aunque no lo declares.

Un sistema simple para no perder nada

La mayoría de los problemas con papeles vienen de no tener un lugar fijo. Una rutina que funciona sin ser contador:

  1. Pide la factura el mismo día cuando el gasto vaya a tu declaración, y baja el XML y el PDF.
  2. Fotografía el ticket de papel ese mismo día, antes de que se borre.
  3. Ponle categoría y mes para encontrarlo después.
  4. Haz un respaldo cada cierto tiempo y pruébalo.

La app Recibos Offline MX está pensada para el paso 2 y 3: escaneas con la cámara, la app lee el texto en tu teléfono para sugerirte comercio, fecha y total (tú confirmas) y todo queda cifrado en el dispositivo, sin cuenta y sin internet. No sustituye al XML de la factura ni a la contabilidad, y no dice qué es deducible: es el lugar donde tus tickets no se pierden. Si el papel térmico te preocupa, lee cómo guardar tickets de compra que se borran.

Qué no hay que asumir

Esta guía resume una regla general y no es asesoría fiscal. No cubre contribuyentes con actividad empresarial que llevan contabilidad electrónica, ni plazos de otras leyes (laborales, de seguridad social o mercantiles) que pueden pedir guardar ciertos documentos más tiempo. Ante la duda, guarda más tiempo, no menos: un archivo digital cifrado casi no ocupa espacio.

Fuentes